Viernes 27 de febrero 2026

La carrera en búsqueda de una reforma judicial



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Agradecido por la invitacin por parte de los senadores, Dres. Silvia Gilma Salame Farjat y Jorge Antonio Zamora Tardo, recientemente, particip como expositor en un importante foro sobre el proyecto de ley de preseleccin de altas autoridades del rgano judicial.

En esta oportunidad, hice mencin que, en estos temas, debemos aprender de la experiencia propia (como pas) y ajena pues repetir lo mismo no conllevar a resultados distintos, mxime si existe un error en el diseo institucional en la manera de eleccin de los magistrados de las altas cortes y autoridades del consejo de la magistratura, que amerita una reforma estructural y de fondo.

Advertimos a su vez, que se est corriendo contra el tiempo (agosto del 2023, se deber elegir nuevas altas autoridades del rgano Judicial) y que lastimosamente se puede evidenciar una falta de verdadera voluntad poltica para realizar una mejora profunda al sistema de administracin de justicia, por lo tanto, estamos ante dos tipos de carrera: a) una carrera con obstculos por la rigidez constitucional concerniente a la reforma parcial de la Constitucin; y, b) una carrera de velocidad, mediante reforma legislativa que busque mejorar el proceso de seleccin de las mximas autoridades judiciales con mayor participacin de la sociedad civil organizada y de un mayor control social en el seguimiento de dicho proceso de seleccin, evitando engaar al electorado; por ende, este Proyecto de Ley N 003 (CREI) podra ser: 1) un complemento vlido, dado que actualmente el rgano Electoral Plurinacional (OEP) se est refiriendo a la posibilidad de preguntar al pueblo, si desea crear una Comisin Nacional de Postulaciones (conforme a la propuesta de los juristas independientes) sobre la base de permanencia del voto popular como mecanismo de eleccin judicial (sin hacer cambios de raz sino de forma); o, 2) una alternativa ante la eventualidad de que la reforma parcial de la Constitucin se llegara recin aplicar para la subsiguiente eleccin de altas autoridad del rgano judicial o el referendo judicial no consolide una reforma parcial de la Constitucin.

Asimismo, hice notar la necesidad de ver las cosas con integralidad e integridad, pues de nada servir que se logre tener jueces idneos con alto nivel tcnico (con procesos de evaluacin curricular, escrita, oral, analtica, argumentativa y la entrevista con participacin de asesores tcnicos competentes) si luego stos (jueces) no podrn ejercer con amplia solidez su independencia judicial ante la interferencia, influencia y la invasin de otros rganos a sus funciones o por el boicot que pueda realizar el propio TCP al rgano Judicial (por ejemplo, al haber inaugurado en el ao 2016, la indita y atentatoria etapa de los jueces transitorios, mediante SCP N 0499/2016-S2 contraria al Bloque de Constitucionalidad, jurisprudencias de la Corte IDH, Ej.: Caso Trabajadores Cesados del Congreso Vs Per; Caso Tribunal Constitucional Vs Per; etc.) sumado a la existencia de leyes (por ejemplo: el art. 39 de la Ley 915 y el art. 5 de la Ley N 1390) que permiten la presencia de rganos polticos como Ministro de Estado en los procesos judiciales, como parte procesal, siendo que conforme al diseo constitucional (art. 175 de la CPE), los Ministros de Estado carecen de dicha atribucin; por lo tanto, urge derogaciones normativas que eviten la permanencia de Lawfare ("instrumentacin del sistema de justicia para la persecucin poltica" y "falta de independencia judicial", "aspectos" que fueron mencionados por el Informe GIEI Bolivia 2019, Relator ONU Dr. Diego Garca Sayn, entre otros ms); se requiere un padrn electoral depurado; analizar si el OEP goza realmente de la debida confianza por parte del electorado; mayor control social en los procesos de seleccin; mayor descentralizacin (mximas autoridades judiciales departamentales y fiscales departamentales sean elegidos por ternas enviadas por las Asambleas Legislativas Departamentales -ALD-, como existe actualmente un proyecto de ley departamental en Santa Cruz); entre otras sugerencias.

La bsqueda y la exigencia de una mejor calidad en el servicio judicial sin corrupcin, no es un tema exclusivo de abogados sino tarea de todos, de todos los habitantes de este pas.

Un pas tico y honrado, no pierde el tiempo en mentiras, dobles discursos, tampoco en persecuciones ni en tapar la corrupcin. Por lo tanto, hay que hacer las cosas bien y de manera diferente.