Viernes 05 de diciembre 2025

Pignorar oro: Herramienta útil si el pueblo da su aval



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¿Alguna vez ha tenido que llevar algo valioso, quizás las joyas de la abuela, los anillos de matrimonio, o hasta el televisor a la casa de empeño porque el dinero no alcanzaba para cubrir una emergencia? 



No se sienta mal. La vida, a veces, nos pone contra la pared. Y si a usted, como persona, le ha tocado tomar esa decisión dolorosa, imagínese lo que significa para un país entero tener que empeñar su oro. Sí, ese oro que guarda el Banco Central, ese que brilla en los informes económicos como un símbolo de estabilidad, como el último colchón de seguridad. Hoy no hablaremos de lo que realmente significa “pignorar el oro”, por qué es una decisión tan delicada, y por qué, en Bolivia, no puede tomarse a la ligera, ni por decreto, ni por urgencia, ni siquiera por necesidad. Porque aquí, la ley puso un freno deliberado: el permiso del pueblo, expresado por sus representantes en la Asamblea Legislativa Plurinacional.



El Marco Legal: Cuando la Constitución Habla de Oro



No es casualidad que la Constitución Política del Estado, en su artículo 328, le encomiende al Banco Central de Bolivia la tarea de “administrar las reservas internacionales”. Esa frase, aparentemente sencilla, es en realidad un mandato de enorme peso. Es como decirle al guardia de seguridad de la casa: “Tú cuidas la caja fuerte, pero recuerda que lo haces en coordinación con el jefe de familia”. Esa “coordinación”, que algunos malinterpretan como subordinación, en realidad es un equilibrio técnico y político. El Banco Central de Bolivia no es un ente aislado; actúa dentro de una política económica nacional, pero conserva su autonomía para decidir cómo manejar esos activos.



Luego viene la Ley N° 1670, la ley orgánica del Banco Central. Aquí es donde las cosas se ponen interesantes. En su artículo 16, la ley le dice al BCB: “Puedes invertir, depositar, disponer, incluso pignorar las reservas… como mejor te parezca, para cumplir tu misión”. Es una facultad amplia, moderna, técnica. Pero, y aquí viene el “pero” más importante de la historia jurídica boliviana, agrega una frase lapidaria: “En caso de la pignoración del oro, ésta deberá contar con aprobación legislativa”.



¿Por qué ese “pero”? Porque el legislador entendió algo que muchos olvidan: el oro no es solo un activo financiero. Es un símbolo. Es el último recurso. Es lo que queda cuando todo lo demás falla. Por eso, mientras que la misma ley permite al BCB vender oro (sí, venderlo, no empeñarlo) sin pedir permiso, facultad reforzada por la Ley N° 1503, que autoriza expresamente “convertir el oro en divisas”, cuando se trata de empeñarlo, se exige un debate nacional. ¿Por qué? Porque empeñar no es vender. Empeñar es decir: “Te dejo mi tesoro como garantía, pero espero recuperarlo”. Y si no lo recuperas, lo pierdes para siempre.



¿Qué es, en términos sencillos, la Pignoración?



Imagínese esto: usted tiene un kilo de oro en joyas heredados de su abuela. No lo quiere vender, porque es un tesoro familiar. Pero necesita dinero ya, para una operación, para pagar una deuda, para salvar su negocio. Entonces va a una casa de empeño de primer nivel, no a cualquier esquina. Le entrega las joyas. El dueño lo pesa, lo certifica, lo guarda en su caja fuerte, y le entrega un préstamo en efectivo. Usted sigue siendo el dueño de las joyas, pero no puede tocarlo hasta que pague el préstamo más los intereses. Si paga, lo recupera. Si no paga adiós joyas.



Eso es la pignoración. En términos jurídicos, usted es el deudor pignorante (el que empeña), el banco es el acreedor prendario (el que presta), y las joyas de oro es la prenda (la garantía). Simple, pero con una consecuencia brutal: si falla el pago, pierde el activo. Y cuando ese activo es el oro de las reservas nacionales, no estamos hablando de su lingote familiar, sino del de todos los bolivianos.



El Procedimiento: No es un Trámite, es un Ritual Democrático



Aquí es donde muchos se equivocan. Piensan que el BCB, ante una crisis, puede simplemente firmar un papel, mandar el oro a Londres y recibir dólares. Nada más lejos de la realidad. En Bolivia, el procedimiento es deliberadamente lento, público y político. Y eso es bueno. Porque protege al país de decisiones apresuradas.



Primero, el Banco Central, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, debe identificar que realmente hay una emergencia: que se están agotando las divisas, que no hay liquidez para importar medicinas o combustible, que el tipo de cambio está bajo ataque. Luego, negocia con entidades financieras internacionales, los “bancos de empeño de lujo”, las condiciones del préstamo: cuánto, a qué tasa, por cuánto tiempo, dónde se guardará el oro.



Pero aquí viene lo crucial: una vez negociado, el Ejecutivo, no el BCB, sino el Presidente, debe enviar un Proyecto de Ley a la Asamblea Legislativa Plurinacional. No un oficio, no un Decreto, no una Resolución. Un Proyecto de Ley. Con todos los detalles: cuánto oro, con quién, a qué costo, para qué se usará el dinero, y cómo se planea recuperarlo.



Y entonces, los representantes del pueblo, Diputados y Senadores, deben debatirlo, cuestionarlo, exigir garantías, y finalmente votar. Solo con esa ley aprobada, el BCB puede firmar el contrato, enviar el oro a la bóveda internacional, con custodios de primer nivel, como los bancos de Londres o Nueva York, y recibir los dólares.



Sin esa ley, cualquier intento de pignoración es, sencillamente, ilegal. Inconstitucional. Un acto que viola el pacto social. Porque el oro no es del gobierno de turno. Es de todos los bolivianos. Y solo los bolivianos, a través de sus representantes, pueden autorizar que se ponga en juego.



La Historia que Todos Entendemos: Bolivia como una Familia en Crisis

Imaginemos que Bolivia es una familia. Durante años, fue previsora: ahorró, compró oro, lo guardó en la caja fuerte. Era su plan B, su red de seguridad. Pero hoy, la despensa está vacía después de 20 años de despilfarro. Los proveedores exigen dólares, y en casa solo quedan monedas. ¿Qué hace la familia?



Opción 1: Vende el oro. Consigue dólares rápido, pero pierde el ahorro para siempre. Ya no hay plan B.

Opción 2: Lo empeña. Lleva parte del oro a una casa de empeño seria en el extranjero. Recibe un préstamo en dólares, salva la emergencia, y tiene un plazo, digamos, dos años para devolver el dinero más un interés. Si lo logra, recupera su oro. Si no, lo pierde.



Pero aquí está la clave: en esta familia, hay una regla escrita en el “reglamento familiar” (la Ley 1670): “Para empeñar el oro, todos los miembros de la familia deben estar de acuerdo”. No basta con que el padre o la madre lo decidan solos. Hay que convocar a la reunión familiar, la Asamblea Legislativa Plurinacional, explicar por qué es necesario, cuánto se pedirá, a qué costo, y cómo se devolverá. Solo si la mayoría aprueba, se puede proceder.

Esa regla no es un obstáculo. Es una protección. Porque el oro no es del Presidente, ni del Ministro, ni del Presidente del Banco Central. Es de todos. Y solo todos, juntos, pueden autorizar que se arriesgue.



Conclusión: El Oro, el Derecho y la Democracia



La pignoración no es un pecado. Es una herramienta jurídica antigua, sabia, útil. Permite acceder a liquidez sin deshacerse de un patrimonio. Es como una tarjeta de crédito de emergencia: te salva hoy, pero exige responsabilidad mañana. Y en Bolivia, esa herramienta está constitucionalmente amparada, legalmente regulada, y políticamente condicionada.



Porque el oro, más allá de su valor en dólares, es un símbolo. Es el garante silencioso de la estabilidad. Es el último recurso. Y por eso, su destino no puede decidirse en una oficina cerrada, ni en una reunión técnica, ni por una urgencia económica, por grave que esta sea. Su destino debe decidirse en el espacio más democrático que tenemos: La Asamblea Legislativa Plurinacional. Donde cada voto representa a miles de ciudadanos que confían, en que su oro será bien cuidado.



Así que, la próxima vez que escuche hablar de “pignorar el oro”, no piense solo en lingotes y dólares. Piense en su abuelo llevando su reloj a la casa de empeño para salvar a la familia. Piense en lo que significó para él. Y luego pregúntese: ¿quién tiene derecho a tomar esa decisión por todos nosotros?

La ley ya respondió: solo nosotros, a través de nuestros representantes. Y eso, querido lector, no es burocracia. Es democracia en su forma más pura. Es el derecho poniendo un cerco de dignidad alrededor de nuestro último tesoro.