- Destacadas
- 2026-10-30
Loading
[Estamos en WhatsApp. Empieza a seguirnos ahora]
El Servicio de Impuestos Nacionales oficializó la prórroga del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas para contribuyentes con cierre al 30 de junio de 2026, fijando como fecha límite impostergable el 30 de noviembre de 2026. Esta medida busca aliviar la presión sobre los sectores agroindustrial e industrial, otorgando un margen operativo crítico ante la actual coyuntura económica del país.
La disposición tributaria flexibiliza el calendario fiscal para empresas que debían cumplir con sus obligaciones al cierre del tercer trimestre. Con este ajuste, las unidades productivas obtienen un plazo adicional para consolidar su contabilidad y evitar fiscalizaciones inmediatas por parte del fisco.
El ajuste normativo responde de manera directa a los pedidos del sector privado, que argumentaron dificultades técnicas y financieras para concretar la liquidación en las fechas previstas inicialmente por la administración tributaria.
📌 DATOS CLAVE DEL AJUSTE FISCAL:
⚠️ Resolución Normativa de Directorio: RND 102600000043 emitida el 28 de octubre de 2026.
⚖️ Cierre de gestión fiscal alcanzado: Empresas con balance cerrado al 30 de junio de 2026.
💣 Plazo límite de pago y declaración: Prórroga oficializada hasta el 30 de noviembre de 2026.
📉 Formularios obligatorios requeridos: Envío de Formulario 605 (Estados Financieros) y Formulario 601.
La resolución administrativa habilita la recepción digital de toda la documentación respaldatoria. Las empresas podrán enviar sus Estados Financieros, la Memoria Anual y el Estudio de Precios de Transferencia sin incurrir en multas por incumplimiento de deberes formales.
El margen de tiempo permitirá a los contadores y auditores revisar la documentación exigida antes de la remisión final al sistema de Impuestos Nacionales, evitando rectificatorias posteriores.
Esta postergación representa una tregua temporal en medio de la iliquidez que atraviesa el aparato productivo nacional, aunque la obligación fiscal se mantiene intacta para el cierre del penúltimo mes del año.
El Servicio de Impuestos Nacionales fijó el 30 de noviembre como el plazo improrrogable para la presentación de balances y pago del IUE.