Miércoles 02 de septiembre 2026

Impacto de la crisis en el sistema bancario

Ante entidades financieras en crisis Presidente aprueba salvavidas patrimonial



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El Presidente aprobó el Decreto Supremo N° 5693 para evitar que la crisis económica y el deterioro del flujo de ingresos afecten a las entidades de intermediación financiera, ante el riesgo latente de que eventuales retiros masivos de fondos pongan en peligro la estabilidad del sistema bancario nacional.

El Ejecutivo no promulga normas de emergencia por mera prevención ni como simple trámite administrativo; la medida se aprobó porque los balances oficiales al 31 de julio de 2026 ya registraban un impacto severo en los niveles mínimos de solvencia exigidos por ley.

La norma reconoce de manera explícita que la coyuntura económica y social mermó la capacidad de generación interna de recursos en algunas entidades, dejándolas al límite técnico de los parámetros legales de operación.

📌 MEDIDAS DE EMERGENCIA Y CONTENCIÓN EN EL SISTEMA FINANCIERO

  • 📄 Vigencia de certificados: 90 días calendario no prorrogables.

  • 🏛️ Entidad emisora: Fondo Amplio de Garantía y de Crédito.

  • ⚖️ Régimen legal: Control estricto bajo Ley de Servicios Financieros.

  • ⏱️ Plazo de reglamentación: 5 días hábiles para Ministerio de Economía y ASFI.

Como respuesta de contención, el decreto autoriza con carácter excepcional la emisión de Certificados de Fortalecimiento Patrimonial a través del Fondo Amplio de Garantía y de Crédito.

Estos instrumentos no constituyen inyección de billetes o efectivo para ventanilla, sino un respaldo contable transitorio de noventa días para reponer de forma temporal el patrimonio exigido.

La disposición legal establece que los certificados perderán su validez de forma automática si la entidad beneficiaria incurre en las causales de intervención previstas en el artículo 511 de la Ley de Servicios Financieros.

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dispone de un plazo de cinco días hábiles para definir las características de estos títulos mediante resolución ministerial, dando paso a la regulación contable de la entidad supervisora.

Por su parte, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) deberá emitir las reglas contables y de control en un plazo similar para fiscalizar el registro y seguimiento de los certificados emitidos.

La medida busca ganar un margen de noventa días para que las entidades ajusten sus indicadores, evitando un pánico bancario o la suspensión forzosa de operaciones en el sector.

El Dato de Cierre: El salvavidas de noventa días busca evitar que la caída de solvencia derive en la aplicación de causales de intervención legal sobre las entidades afectadas.



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