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- 2026-09-10
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La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) aclaró el procedimiento legal para la retención de fondos bancarios y ratificó la inembargabilidad de los salarios.
El pronunciamiento del ente regulador fue emitido este miércoles 9 de septiembre de 2026, tras los reclamos generados por la aplicación de retenciones de fondos dispuestas por la Administración Tributaria Municipal (ATM) de La Paz sobre alrededor de 160.000 cuentas bancarias por deudas de inmuebles y vehículos. "La retención de fondos no es dispuesta por la entidad reguladora ni por las entidades financieras", puntualizó la institución.
La aclaración precisa las competencias legales entre las autoridades cobradoras, el ente regulador y las obligaciones de los bancos para la protección del consumidor financiero.
📌 DERECHOS Y PROCEDIMIENTO ANTE LA RETENCIÓN DE CUENTAS BANCARIAS
🛡️ Protección legal: Sueldos, salarios, pensiones, jubilaciones y beneficios sociales son inembargables por mandato constitucional.
📋 Obligación del banco: La entidad financiera debe entregar al cliente copia de la orden, monto, origen y motivo de la retención.
⏱️ Plazos de ejecución: La ASFI canaliza la orden el mismo día y los bancos tienen 24 horas para ejecutarla o informar.
🔓 Descongelamiento: Solo la autoridad que ordenó la retención (Alcaldía, SIN, Aduana o Juez) puede disponer el levantamiento de la medida.
La ASFI explicó que su función se limita exclusivamente a recibir y canalizar las órdenes emitidas por las autoridades competentes hacia las entidades financieras. Entre las instancias facultadas para emitir instrucciones de retención figuran las autoridades judiciales, el Ministerio Público, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), la Aduana Nacional, la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ) y los gobiernos autónomos municipales.
Asimismo, el ente regulador aclaró que no determina, califica ni establece el origen de las deudas o responsabilidades que motivan las órdenes de congelamiento. En relación al flujo del trámite, una vez canalizada la instrucción, los bancos cuentan con un plazo estricto de 24 horas para procesar la medida y comunicar la aplicación de la misma al usuario por los canales oficiales.
Respecto a la protección de ingresos, la normativa impone que los bancos no pueden afectar recursos de carácter laboral o de jubilación. Si una retención alcanza fondos inembargables, la entidad bancaria debe proceder conforme a norma para su liberación inmediata, sin trasladar al consumidor financiero obligaciones o trámites que no le correspondan.
Para el levantamiento o descongelamiento definitivo de las cuentas, la autoridad que dispuso la retención debe emitir la resolución correspondiente, la cual será canalizada nuevamente por la ASFI a la entidad financiera. Ante cualquier falta de información o incumplimiento, el usuario puede interponer su reclamo en el banco o ante la ASFI, entidad que advirtió con aplicar procesos sancionatorios tras realizar las inspecciones correspondientes.
El Dato de Cierre: La ASFI fiscaliza a las entidades financieras para verificar la correcta información al usuario y el respeto estricto a los recursos inembargables.
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