Domingo 06 de octubre 2024

Incendios y rendición de cuentas



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Todos los años, a partir del mes de agosto o de septiembre, durante aproximadamente tres (3) meses, existen las quemas que contaminan peligrosamente la salud de la población además de que suben las temperaturas del ambiente, por encima de los 43 grados.



Este drama ambiental es una muestra de la inacción y la indiferencia de las autoridades y los responsables políticos que permiten la vigencia de leyes incendiarias y que pese a las penosas y dolorosas experiencias de los cincos últimos años (desde el 2019) continúa existiendo una cruel apatía y desidia en la prevención, responsabilidad, rendición de cuentas y reparación de las atrocidades cometidas contra nuestra flora y fauna.



Absolutamente todas las autoridades y servidores públicos de todos los niveles del Estado deben rendir cuentas al respecto (art. 9 numeral 6, arts. 298, 302, 304, 312, 316 num. 6, 342 y otros más de la Constitución boliviana) pues si todas ellas saben de antemano lo que ocurre anualmente, resulta pues absurdo, que se dediquen tan solo a reaccionar en función a las consecuencias (cuando el daño está ocurriendo); y, no dar respuesta estratégica al problema, con antelación, atacando las causas.



Por lo tanto, no es cuestión de desperdiciar tiempo y energía sino al contrario, es menester acciones por anticipación, adelantándose a los acontecimientos, por ejemplo:  



1.- Ámbito Legislativo:  a) Abrogación del llamado “Paquete de leyes incendiarias” compuesta por las Leyes Nro. 337, 502, 739 y 952 aprobadas entre 2013 y 2017, y Nro. 740 y 741 aprobadas en 2015, No. 1171 y 1098 aprobadas respectivamente en 2017 y 2018; b) En caso de que la casta política, no tenga la voluntad y menos aún las intenciones de hacerlo, los asambleístas opositores, con su equipo de trabajo, ejerciendo su legitimación activa y en su condición de representantes de los ciudadanos, deben interponer acciones de inconstitucionalidad contra todas dichas normas incendiarias para que sean excluidas del ámbito normativo nacional. Además de exigir responsabilidades por inoperancia funcional y daño, velar por la no vulneración de la independencia de los órganos del Estado, hacer seguimiento a dichos procesos hasta su conclusión, para que no exista impunidad, falta de respeto a la independencia judicial y exigirles a los jueces el cumplimiento de sus funciones. No es a conformarse con estar en la prensa o andar a gritos en las calles; y, c) Promulgación del delito de "ecocidio", como respuesta y una auténtica lucha contra los "big business" que causan severos daños ambientales, con sanciones drásticas contra personas naturales y jurídicas que incurran en estos actos, además de anotaciones preventivas y resarcimiento de daños. En otras palabras, que hagan leyes que les sirvan a su población.



2.- Ámbito Ejecutivo: Abrogación de los decretos supremos No. 3973 y 4334 dictados en 2019 y 2020, respectivamente. Efectuar de forma inmediata y efectiva, declaratoria de desastre y dar solución con ayuda internacional para apagar los incendios de forma pronta. Asumir responsabilidades y/o rendición de cuentas a los encargados de áreas de reservas y protección de medio ambiente del nivel central. Realizar con la debida antelación posible, todas las gestiones con los cinco países circundantes a Bolivia, para la toma de acciones inmediatas, ni bien surja y empiece a consumarse este hecho delictivo denominado ecocidio.



3.- Ámbito Departamental: Declaratoria Dptal. de desastre de manera pronta y oportuna, iniciar auditorías internas de manejo y destino económico financiero, seguimiento y verificación de las reservas. Establecer sistemas de verificación ambiental y monitoreo de contaminantes. Implantar medidas y mecanismos (aglutinando al sector empresarial agropecuario) para prevenir, restaurar y corregir la contaminación del aire, suelo, agua y del ambiente en general. Difundir los programas y estrategias relacionadas con el equilibrio ecológico y la protección del ambiente, entre otras medidas más propias a sus competencias.



4.- Ámbito Municipal: Convertir a su municipio en transitable, que las personas puedan caminar, velar y exigir aceras en buen estado en todo el municipio, que la ciudad sea pensada para el ciudadano de a pie, no que está totalmente abandonada, donde los vehículos tienen mayor preferencia que el ser humano, los canales de drenaje se encuentran totalmente descuidados, áreas de esparcimiento en mal estado o sin ninguna innovación. Realizar limpieza permanente de canales, fomentar la investigación científica y tecnológica, el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos. Desarrollar proyectos integrales de mitigación al cambio climático para impulsar el transporte eficiente y sustentable, público y privado. Realizar campañas de educación e información.



5.- Ámbito judicial: Tutelar los derechos de las personas, en protección de salubridad pública y medio ambiente sano, imponer medidas cautelares oportunas, sancionar conductas delictivas que afectan el medio ambiente sano. El control social buscar responsabilidades contra el abuso de poder, incumplimiento de deberes, etc.



El Tribunal Constitucional (TCP) expulsar del ámbito normativo, todas esas disposiciones que motivan la proliferación de quemas.



6.- Ámbito Civil Empresarial: Evitar que sean sus predios donde se inicia la quema o se extiende la misma. Hacer permanente seguimiento de todos los predios que comúnmente están en riesgo. Denunciar dicha conducta de afectación al medio ambiente; y, con mucha anticipación, todos los grupos empresariales del agro, acotarse, para contar con cisternas, combustibles y con todo lo necesario de asistencia preventiva y correctiva inmediata para todos los de dicho gremio e intervenir activamente en apagar los incendios. Si todos los años ocurre exactamente lo mismo, incluso podría llamar la atención, toda la falta de compromiso activo en la preparación anticipada, la ausencia de acciones conducentes a la prevención efectiva y a la reacción inmediata.



El interés mayor, es y debe ser el interés general, esto es, la calidad de vida con un medio ambiente sano para toda la población, evitando padecer tres meses de intoxicación, fuego, sangre y muerte, mientras otros con total indiferencia, pueden estar cruzados de manos, viéndola de palco fuera del país, haciendo turismo, de vacaciones, paseando playas en dichos meses con absoluta arrogancia, denotando un bajo nivel de consciencia y, que como persona, en realidad, es una miseria humana.



Es despiadado ver a la población desamparada y desesperada, que cada año en estos meses, ande afligida buscando colaborar a los bomberos voluntarios por falta de medios y sin condiciones óptimas de intervención en apagado de incendios; y, además se viva en esos momentos, a la carrera, apresurados, bajo la esperanza de que mediante una acción popular, surgirá algún juez o tribunal de garantías, que se apiade de ellos y pueda conceder la tutela, aunque con ella, no se logra anular aquellas normativas incendiarias pues ese medio constitucional de defensa (acción popular) no tiene técnicamente esos alcances o fines; por lo tanto, amerita que esta labor de cuestionar la inconstitucionalidad de dichas disposiciones, las tienen que hacer necesaria y obligatoriamente, los diputados y senadores, pues son ellos quienes tienen dichas competencias de forma expedita; por ende, la sociedad civil tendría que exigirles a ellos, que hagan sus oficios y que el TCP haga su labor oportuna y de manera urgente.



¿Quiénes se harán responsables de todo el daño causado?, de las repercusiones profundas en el goce y disfrute de los derechos al medioambiente sano, a la salud, a la vivienda, a la alimentación, entre otros de la población, y en especial de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas, el acrecentamiento de enfermos con problemas cardio-respiratorios, gente a la cual apresuraron su muerte por respirar aire nocivo, muy insalubre con nivel IQ (índice de calidad de aire) por encima de la escala de 300 en nivel de contaminación.



Como vemos, todas las autoridades nacionales, departamentales, municipales y todos los servidores públicos de diferentes niveles, bajo responsabilidad deben rendir cuentas, cumplir su trabajo, cumplir la Constitución y las leyes.