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Nadia Cruz ejerce funciones de manera ilegal e inconstitucional


20/05/2022 - 08:23:33

Los Tiempos.- La prórroga de facto de Nadia Cruz al frente de la Defensoría del Pueblo es una medida que vulnera la Constitución Política del Estado (CPE), según analistas y constitucionalistas.

El artículo 219 de la CPE dice que “el Defensor del Pueblo ejercerá  funciones por un período de seis años, sin posibilidad de nueva designación”.

Pese a esta normativa, el Movimiento Al Socialismo (MAS) analiza instruir una resolución, decreto o “ley corta” para ampliar el interinato de Cruz, cuyo mandato feneció el 14 de mayo de 2022.

El artículo 410 de la CPE reglamenta que esta norma está por encima de  leyes, decretos, tratados y otras resoluciones.

Por tanto, el Movimiento Al Socialismo (MAS) estaría incurriendo en un ilícito por alentar la prolongación del interinato de Cruz y el Legislativo en incumplimiento de deberes.

El abogado José Luis Santistevan sostuvo que no existe la posibilidad de vacío jurídico en este proceso de elección del defensor, pero que en todo caso la instancia que debe establecer eso es el Tribunal Constitucional, entidad que entre sus recomendaciones debe llamar a la Asamblea a que cumpla con su responsabilidad.

Santistevan afirmó que la Carta Magna es taxativa al señalar que el Defensor ejercerá sus funciones por un periodo de seis años, “sin posibilidad de nueva designación” y la Ley 870 regula el cese de funciones de la autoridad y su reemplazo.

Luego de cuatro sesiones de votación en las pasadas dos semanas, la Asamblea Legislativa fracasó en el proceso de designación de un nuevo titular para la defensoría.

“Estos seis años se cumplieron y toda esa estructura institucional de interinato también se ha cumplido, por tanto, hay una institución que está acéfala desde hace tiempo. A la renuncia del titular, el interinato dura 90 días se prolongó por más de tres años, es un interinato ilegal, inconstitucional”, señaló Santistevan.

Aclaró que esta situación produjo la ruptura del orden constitucional, ya que la Ley 870 establece procedimientos para el interinato de tres meses, por lo que la anterior Asamblea Legislativa estaba llamada a elegir al o la Defensora titular.

“Acabaron los seis años, el interinato también (pese a que son tres meses), no se eligió en todo este periodo por lo que es inconstitucional la designación de Cruz. Ella no fue elegida o nombrada por la Asamblea Legislativa conforme dice la Constitución a través de convocatoria, solo la reconoció como interina a través de una resolución”, señaló.

El constitucionalista Marco Baldivieso dijo que Cruz ya no goza de la atribución de ser Defensora del Pueblo y que se incurre en ilícitos al prolongar sus funciones.

“Ella (Cruz) es suplente, es una de las adjuntas, una de las personas destinadas a asumir en caso de que el titular tenga algún tipo de problemas. En este caso, Tezanos (David) renunció, ella asumió y la gestión ya feneció, ella ya no tiene el mandato constitucional, ya no goza de esa atribución para ser la Defensora del Pueblo”, aseguró.

Agregó que “cuando hay un mandato específico en la Constitución, cumplido el mandato cesa automáticamente sus funciones”.

Buscan normas para que Cruz se quede

El presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, confirmó que la gestión de Nadia Cruz como defensora del Pueblo interina ya concluyó,  pero que el cargo no puede quedar acéfalo y, por tanto, se analizan tres posibilidades para prolongarla en sus funciones: un decreto, una resolución o una ley corta.

“Por el momento corresponde que (Nadia Cruz) se quede, no puede haber un vacío, lo que sí se tiene que estudiar son todas las posibilidades legales. “Estamos viendo esas posibilidades, una ley corta o decreto, tenemos que ir viendo una resolución, tenemos que ver para que no se tenga un vacío en la Defensoría”, dijo Mamani en Tarija.

Además, descartó cualquier posibilidad de llevar adelante un nuevo proceso de selección para defensor, pero que se seguirá buscando un consenso.


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