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Bolivia


Apuntan contra el TCP por polémica resolución que frena suspensión de magistrados


23/09/2020 - 08:29:05

Correo del Sur.- La resolución de la comisión de admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de frenar con una medida cautelar la suspensión de altas autoridades judiciales acusadas fue cuestionada por abogados constitucionalistas, que observan que los magistrados procesados no se excusaron de conocer esta acción en la que tenían interés directo.

La presidenta de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Eva Copa, presentó un recurso de queja, impugnando la resolución y espera que el pleno del TCP revoque esta decisión.

La acción de inconstitucionalidad abstracta se presentó en contra del artículo 39 de la Ley 044 de juicio de responsabilidades de altas autoridades judiciales, que establece la suspensión del cargo con la acusación.

La demanda ingresó al TCP el 13 de marzo de 2020 y en cuatro días, el 17, la Comisión de Admisión recibió el recurso; ese mismo día, el accionante habría presentado otro memorial pidiendo una medida cautelar y la respuesta del TCP salió en la misma jornada, con otro Auto Constitucional que da curso a la solicitud y frena las suspensiones del cargo mientras haya un fallo.

La resolución de admisión 70/2020, recién se notificó el 8 de julio, cuatro meses después de dictarse; en la misma no se hace referencia a la medida cautelar, pero el mismo día, emite el Auto 23/2020 dando curso a la medida cautelar.

El exmagistrado del Tribunal Constitucional, José Antonio Rivera, señaló que es válida la aplicación de una medida cautelar, pero no la forma cómo se obró, porque al existir denuncias en contra de los magistrados, tienen un interés directo en los resultados.

Observó los fundamentos jurídicos de los magistrados para aplicar una medida cautelar, “por la amenaza latente y material por la cantidad de denuncias efectuadas contra autoridades judiciales y del TCP”, lo que hace prever que los firmantes también tienen procesos en su contra en la Asamblea Legislativa y tendrían que haberse excusado de conocer al tener un interés directo.

“Porque no garantizan la condición de juez neutral, competente, independiente, imparcial; tienen un interés directo en el resultado (…) debían convocar a otros magistrados que no tengan denuncias, y si todos tienen denuncias, convocar a los suplentes”, señaló.

El abogado constitucionalista Jaime Hurtado, aseguró que no puede una autoridad jurisdiccional conocer un proceso donde está indirectamente interesado en el efecto de la constitucionalidad o no, si no se excusaron pueden ser responsables de otros delitos, según sus palabras.

NO FUE NOTIFICADA

Desde la Comisión de Constitución, su presidente Víctor Borda, sostuvo que para resolver estos procesos los magistrados no deberían estar enjuiciados, mucho más si se trata del TCP que garantiza un debido proceso y un juez imparcial.

Borda reveló que la presidenta del Senado Eva Copa fue notificada con la resolución de admisión y respondió a la misma, pero jamás fue notificada con el auto que dispone la medida cautelar.

Según el propio Borda, los magistrados Gonzalo Hurtado y Petronilo Flores tienen procesos en la Asamblea: el primero por un fallo en el deslizamiento del cerro Cotahuma y el otro denunciado por una exfuncionaria a quien la despidió.

Práctica cotidiana

El abogado José Antonio Rivera aseguró que en la práctica cotidiana del TCP se está haciendo costumbre emitir un auto constitucional o un fallo y le colocan una fecha pasada y luego hacen aparecer notificaciones con varios meses de retraso para echarle la culpa al notificador.

En este caso, cuestionó por qué los magistrados esperaron hasta septiembre de 2020 para hacer pública la notificación.

“Si efectivamente sacaron el 17 de marzo recién se notificó en septiembre, algo pasa con las notificaciones y tendrían que someter a proceso y sancionar a ese funcionario (notificador), lo que genera duda razonable de que recién sacaron (el auto) pero le pusieron la fecha de marzo”, enfatizó.


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