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Abogados: El fallo del TCP en ninguna parte declara inconstitucional la sucesión de Añez




16/10/2021 - 07:55:34

Correo del Sur.- Contrariamente a la interpretación del Gobierno sobre la Sentencia Constitucional 052/2021, en sentido de que la sucesión constitucional de la expresidenta Jeanine Áñez es inconstitucional, abogados sostienen que en ningún momento ese fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) hace referencia a la sucesión de Áñez y lo que hace es simplemente ratificar la línea jurisprudencial establecida desde 2001, de que la sucesión constitucional para Presidente y Vicepresidente es ipso facto.

El TCP se pronunció con una sentencia dentro de un Recurso Directo de Nulidad planteado por la exdiputada Margarita Fernández, que pretendía hacerse de la Presidencia de Diputados aplicando la sucesión ipso facto, en contra de sus colegas Susana Rivero y Sergio Choque, primera vicepresidenta y presidente de Diputados en 2019, respectivamente. El TCP no le dio la razón.

No menciona la sucesión

El exmagistrado del Tribunal Constitucional José Antonio Rivera, dijo a CORREO DEL SUR que la sentencia 052/2021 en ninguna parte declara inconstitucional la sucesión de Áñez. Lo que declara infundado es el RDN de la exdiputada Margarita Fernández contra Susana Rivero y Sergio Choque, enfatizó.

“En ninguna parte del fallo se hace mención a la sucesión presidencial de Jeanine Áñez, tampoco declara inconstitucional esa sucesión; por lo tanto, esta sentencia no tiene ninguna relación ni conexión con el tema de Jeanine Áñez”, puntualizó Rivera.

El abogado constitucionalista lamentó que el propio TCP haya confundido a la población con su comunicado que titula: “La sucesión presidencial ipso facto no es aplicable para la sucesión de la presidencia en la Cámara de Diputados”. En su criterio especializado, en ninguna parte de la sentencia se hace referencia a Áñez ni a la sucesión presidencial que se efectuó en 2019.

Fallo favorece a Áñez

Según el abogado y exmagistrado del Tribunal Constitucional Marco Antonio Baldivieso, la Sentencia 052/2021 tendría que favorecer a Áñez porque reconoce como autoridad legítima y legal la Presidencia de Sergio Choque en Diputados, que junto con Áñez aprobó leyes e incluso se amplió el mandato constitucional.

“Peor hubiese sido que Choque haya sido declarado una autoridad ilegal porque, si no, todos sus actos hubiesen sido nulos, no es que este fallo esté beneficiando al Gobierno”, interpretó.

Baldivieso explicó que la sentencia hace una referencia general a la sucesión presidencial que es ipso facto, en el acto, porque el Estado no puede estar ni un minuto sin presidente y por lo tanto esa sucesión no se aplica para la Presidencia de Diputados.
José María Cabrera

El abogado constitucionalista José María Cabrera, por su parte, aclaró que esta sentencia solamente ratifica lo que el órgano constitucional viene ratificando desde 2001 que la sucesión constitucional no está supeditada ni requiere de ningún trámite, de ninguna resolución ni ley, sino que directamente se aplica la cadena de sucesión establecida en el artículo 169 de la Constitución.

En la Sentencia 052/2021 se establece que la sucesión ipso facto es solamente para Presidente y Vicepresidente y no así en la Presidencia de la Cámara de Diputados.

Cabrera explicó que este entendimiento constitucional se aplicó desde 2001 para la sucesión de los exvicepresidentes Jorge Tuto Quiroga y Carlos Mesa y del expresidente de la Corte Suprema de Justicia Eduardo Rodríguez Veltzé, los tres habiendo asumido la presidencia del país, y finalmente también para la senadora Jeanine Áñez en 2019.

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