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Oficiales venezolanos solicitaron a la Corte Marcial suspender el uso de la justicia militar para procesar civiles




12/08/2019 - 11:30:26
Infobae.- Un grupo de oficiales abogados, encabezados por el general de divisi�n (GNB) Enrique Prieto Silva, del Foro Militar Venezolano, presentaron una acci�n de Amparo ante la Corte Marcial exigiendo que se suspenda "de manera inmediata y definitiva el acto inconstitucional continuado y arbitrario" del uso de la justicia militar para el procesamiento de personas "por la supuesta comisi�n de delitos que no se corresponden a la naturaleza militar".

Junto a Prieto Silva est�n los abogados Lilia Camejo Guti�rrez y Alonso Enrique Medina Roa, adem�s de los abogados y militares Coronel (Ej) Marcos Porras Andrade, el general de brigada (GNB) Gilberto Mayorca Y�nez. Todos son integrantes del equipo jur�dico del Foro Militar Venezolano.

Dice el Amparo que debe declararse nulas todas las actuaciones de los tribunales de control y de juicio que han incurrido en la violaci�n del art�culo 261 de la Constituci�n de la Rep�blica Bolivariana de Venezuela y en el uso indebido de su jurisdiccionalidad.

Liberar a los civiles

"Ordenar la libertad inmediata de todos los ciudadanos que han sido detenidos, enjuiciados y sentenciados por esa mala praxis judicial. Todo sin menoscabo de que se proceda la reestructuraci�n consecuente de los �rganos de justicia militar y se instruya a todos los niveles sobre los alcances y manejo de sus procedimientos".

El equipo de abogados y militares destacan que "a la luz de la doctrina y el fundamento constitutivo del derecho, hace contradictorios los delitos que se les imputan a los ciudadanos detenidos, procesados y enjuiciados, ya que atendiendo a su naturaleza, los excluye de su calificaci�n especial militar".

Expresan que si un acto no atenta contra la organizaci�n de las fuerzas armadas, aunque se encuentre legislado como delito militar en el C�digo respectivo, "ello no bastar�a para que ese acto sea un delito militar, porque por su naturaleza jur�dica no lo ser�a. De la misma manera, aunque el acto de referencia atente realmente contra la organizaci�n de las fuerzas armadas, si no est� espec�ficamente reprimido por el C�digo de justicia militar, no puede considerarse un delito militar".

Resaltaron los numerales 25 y 26 del C�digo Org�nico de Justicia Militar: "Intentar por medios violentos cambiar la forma republicana de la Naci�n" y "Poner en peligro la independencia de la Naci�n o la integridad de su territorio".

Al respecto piden apreciar que esos dos numerales "son cometidos por el actual sistema de gobierno, que ha querido cambiar con el apoyo de la FAN la forma republicana y transformarla en un r�gimen de facto dictatorial, que bajo la �gida del gobierno de Cuba ha puesto en peligro, tambi�n de facto la independencia de la Naci�n, entregando las reservas del pa�s a los gobiernos de Rusia y China, entre otros".

Retirar la degradaci�n de 24 militares

Pidieron como acci�n complementaria a la solicitud de amparo constitucional, que la Corte Marcial de la Rep�blica, "considere inexistente la degradaci�n y expulsi�n que hizo el presidente de la Rep�blica, Nicol�s Maduro, cuando ilegal e inconstitucionalmente emiti� dos decretos publicado en la Gaceta Oficial N� 41.350 del 28 de febrero de 2018 donde se degrada y expulsa de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) a 24 militares venezolanos".

Sustentan la petici�n en que la degradaci�n y expulsi�n solo proceden como "sentencia definitivamente firme de los afectados con este tipo de pena accesoria a la pena principal", seg�n lo prescribe el C�digo Org�nico de Justicia Militar.

Finalmente le dicen a la Corte Marcial: "�Ciudadanos Magistrados! El caso que se ha planteado en la presente solicitud de Amparo es bastante serio, ya que est� en juego la credibilidad en el Sistema Jur�dico Militar, que consideramos fundamental como parte del Poder Judicial, donde a otras deficiencias descansa la existencia del sistema democr�tico, la vigencia de los valores superiores referidos a la propia Democracia, al pluralismo pol�tico, y algo m�s importante, la vigencia de la institucionalidad que crea los entes del Estado para el servicio del mismo Estado y no de personas o parcialidades pol�ticas, tal como refiere la Constituci�n para la Fuerza Armada Nacional, que debe ser "profesional, sin militancia pol�tica,� y al servicio exclusivo de la Naci�n y en ning�n caso al de persona o parcialidad pol�tica alguna", y eso es lo que reclamamos y esperamos de su pronunciamiento".

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