TSE: Renuncia al cargo electivo será voluntaria y acreditación del idioma oficial mediante declaración ante notario
16/07/2019 - 21:44:28
La Paz.- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emiti� dos instructivos para los partidos pol�ticos y alianzas que participan en las Elecciones Generales, donde comunica que la presentaci�n del requisito de renuncia tres meses previos a la jornada electoral ser� voluntaria para las autoridades que actualmente ejercen un cargo electivo; y, por otra parte, la acreditaci�n de hablar dos idiomas oficiales podr� ser hecha mediante una declaraci�n voluntaria ante notario de fe p�blica.
�Se comunica a los partidos pol�ticos y alianzas habilitadas para participar en las Elecciones Generales 2019, que el requisito de renuncia tres meses previos al d�a de votaci�n, as� como la presentaci�n de la constancia de renuncia para candidatos que ocupen cargos electivos es un requisito de presentaci�n voluntaria, pudiendo las o los candidatos al referido proceso electoral hacerlo efectivo o no�, indica el instructivo TSE-PRES-SC-039/2019 emitido este lunes 15 de julio.
La instrucci�n se emiti� en cumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional N� 032/2019 emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional el pasado 9 de julio, donde resuelve que: �quienes ocupen cargo electivos en general, no necesariamente deber�n renunciar tres meses antes para postular a un cargo electivo�.
Asimismo, en otro instructivo que emiti� el TSE el 8 de julio con respecto a los 11 requisitos que deben presentar las candidaturas para el registro, indica que la acreditaci�n de que hablan al menos dos idiomas oficiales podr� ser hecho con una declaraci�n voluntaria ante notario de fe p�blica o con el certificado emitido por una instituci�n acreditada ante el Ministerio de Educaci�n, universidades o la Escuela de Gesti�n P�blica.
En este instructivo emitido el 8 de julio, el TSE detalla cada uno de los requisitos y los documentos de respaldo que deber�n presentar las y los delegados de las organizaciones pol�ticas, como responsables de la inscripci�n de las candidaturas.
Las listas de candidaturas deben estar conformadas por el 50% de mujeres y el 50% de hombres, cumpliendo los criterios de equivalencia, paridad y alternancia, establecidos en la Ley N� 026 del R�gimen Electoral. El registro se har� a trav�s de la delegada o delegado acreditado por la organizaci�n pol�tica ante el TSE, mediante el sistema que se habilitar� para el efecto.
La entidad electoral comenzar� la verificaci�n de los requisitos el 20 de julio; en este proceso no aceptar� documentos en tr�mite de obtenci�n y se reservar� la verificaci�n y contrastaci�n de los documentos presentados con las entidades emisoras, seg�n establece el Reglamento.
Hasta el 29 de julio, el TSE notificar� a las organizaciones pol�ticas que tengan observaciones en la presentaci�n de las listas, para el 11 de agosto hacer la primera publicaci�n de las candidaturas habilitadas e inmediatamente comenzar el periodo de presentaci�n de las demandas de inhabilitaci�n.