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Juan Manuel Balcazar Ayala

Cualquier descuento salarial por bioseguridad es ilegal


2020-06-01 - 22:23:09
Habiéndose puesto en vigencia el D.S. 4245, que ha establecido una Cuarentena Nacional Condicionada y Dinámica, producto de esta determinación normativa muchas Autoridades Territoriales, están disponiendo para la próxima semana el retorno a las actividades económicas de manera condicionada y con restricciones.

Consecuentemente el sector público y privado, reiniciarán sus actividades con medidas de biosieguridad establecidas en sus correspondientes protocolos de bioseguridad que deben emitir cada entidad, hasta 15 días de haber reiniciado actividades, conforme lo ha dispuesto el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social mediante la Resolución Ministerial Nro. 229/2020.

Bajo estos antecedentes muchos retornarán a sus actividades laborales, empero el cambio notoriamente visible en los centros laborales serán las Medidas de Bioseguridad que el Empleador debe implementar, lo cual implica un gasto que debe ser cubierto íntegramente por el Empleador.

La normativa social vigente en nuestro país, ha establecido que el empleador debe cubrir las condiciones laborales, para que el trabajador desempeñe sus funciones por cuenta ajena, con las medidas de seguridad correspondientes. Ahora estando en un estado de mitigación por emergencia sanitaria debido al COVID 19, se están emitiendo las medidas sanitarias necesarias por las autoridades territoriales y el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, ha emitido la Resolución Ministerial Nro. 229/2020 de fecha 18 de mayo de 2020, la cual dispone en su articulado sexto entre otras disposiciones, la obligatoriedad de que los trabajadores utilicen el Equipo de Protección Personal de Bioseguridad en centros de trabajo Públicos y Privados.

El costo de estos equipos de Protección Personal de Bioseguridad, debe ser cubierto íntegramente por el Empleador y no está bien que se intente descuentos salariales directos o disimulados para este fin o para fines de mejoras sanitarias. En caso de darse un descuento ilegal, por parte del empleador, este acto debe ser inmediatamente denunciado ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social o a sus Jefaturas Regionales, para que, en conocimiento de la Denuncia, el Ministerio proceda a la verificación correspondiente y en caso de confirmarse el descuento ilegal, proceder conforme dispone la normativa legal vigente.

Lo anterior no solamente es para los que trabajan en el sector privado, también es aplicable para los que trabajan en entidades públicas, por lo que los Servidores Públicos deben tomar en cuenta lo mencionado. En caso de existir Descuentos Ilegales, se puede realizar la Denuncia por escrito y o por vía electrónica, ya que el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social ha habilitado en su página Web oficial las Denuncias Virtuales.

El fundamento Jurídico que sustenta el argumento de que los gastos de Bioseguridad deben ser cubiertos en su totalidad por el Empleador, está previsto en el art. 67 de la Ley General del Trabajo, donde señala que el empleador está obligado a otorgar las precauciones necesarias para la Vida, Salud y Moralidad de sus trabajadores en ese contexto corresponde que en previsión de salud, los empleadores precautelando la salud de sus trabajadores, deben cubrir los gastos emergentes de las medidas de Bioseguridad dispuestas por las autoridades públicas.

Como se ha citado en el párrafo anterior, existe fundamento legal que sustenta el hecho de que no debe existir ningún descuento u otro medio disimulado que afecte al salario del Trabajador o Servidor Público, bajo el argumento de Bioseguridad o mejoramiento sanitario u otro nombre que pudieran darle, y que se entienda como una afectación al salario del Trabajador.

Los Sindicatos de Trabajadores, son los llamados a estar muy atentos a este tipo de abuso y proceder a Denunciar cualquier descuento ilegal; pero también están llamados a presentar las denuncias correspondientes, sea por la vía administrativa u ordinaria, si se tratara de conductas que se adecuan a Delitos.

* Abogado laboralista
juanma00430@gmail.com

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