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Ciro Añez Núñez

Basta de discriminación bajo el pretexto de pandemia


2022-01-02 - 11:02:46
La palabra pandemia, según la Real Academia Española, significa: “enfermedad epidémica que se extiende a muchos países o que ataca a casi todos los individuos de una localidad o región”.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) determinó que la Covid-19 puede caracterizarse como una pandemia y declaró emergencia de salud pública de preocupación internacional el 30 de enero de 2020.

En el Día Internacional de la Preparación ante las Epidemias (27 de diciembre), el Secretario General de la ONU llamó a la humanidad a prepararse para la siguiente pandemia mientras el mundo sigue afrontando la crisis del coronavirus. Es decir, COVID-19 no será la última pandemia a la que deba enfrentarse la humanidad.

Actualmente, existen diferentes vacunas en el mundo, pero sumado a ello, es evidente que existe también una agenda globalista (ODS, Agenda de Desarrollo 2030) cuya finalidad es establecer un mundo multilateral, acrecentando la figura del Estado agigantado, interpretando a la sociedad mundial como si fuese una sola nación instrumento, para ser manejado por organismos internacionales supra nacionales, destruyendo las soberanías de los pueblos, buscando el control absoluto y el poder decidir por encima de la autonomía de cada Estado. Todo ello, enmarcado a un acuerdo vinculante y un reglamento sanitario internacional de interconexión a nivel mundial cuyo propósito es alcanzar dicho control total.

La "gobernanza" bajo este enfoque globalista conlleva a una sumatoria de instituciones públicas y privadas “gestionadas” de acuerdo a parámetros que establezcan dichos organismos internacionales bajo la etiqueta de un nuevo orden mundial, estigmatizando a quienes no cumplan con sus exigencias, separándolos del resto y castigándolos con no ejercer determinados derechos.

Entonces, por ejemplo, frente a las futuras pandemias, determinados organismos supranacionales establecerán el cómo debemos todos: pensar, decir, hacer y actuar, lo que conlleva a perder las libertades y la reflexión crítica de las personas; siendo que, en los hechos, ha quedado demostrado que sus propias medidas sanitarias (Ej.: cerrar las economías, las fronteras, inoculación mundial obligatoria, incitar a más endeudamiento, etc.) no fueron eficaces.

De esta manera, los Estados tienden a depender del beneplácito de dichos organismos mediante instrumentos jurídicos supranacionales (acuerdos vinculantes) sin poder conservar la soberanía de los pueblos.

Recordemos que el art. 7 de la Constitución boliviana (CPE) establece que la soberanía reside en el pueblo boliviano, esto es, la preminencia de los individuos (personas) que se organizan para salvaguardar las libertades; y, no quedar relegados y sometidos a simples instrumentos programáticos internacionales que afecten a la libertad de pensamiento, libertad personal, a la propiedad privada, entre otras afectaciones de los derechos fundamentales.

En lo personal, no soy un antivacunas, pero concerniente a la vacunación mundial, advirtamos que ha quedado por demás develado que ésta no provoca una reducción de contagios y, por consecuencia, a quien no se vacune tampoco se le debe atribuir ese daño mayor hacia terceros. Es decir, no existe afectación alguna a derechos colectivos.

Ahora bien, si existen evidencias científicas de que la vacuna resulta ser eficaz para reducir los síntomas más graves que puedan llevar a la muerte a una persona, quien decide protegerse de la Covid-19 tiene la libertad de hacerlo (inocularse) pero quien no desee hacerlo, cabe también mencionar que en ningún momento dicha persona está poniendo en riesgo a terceros, sino que asume las consecuencias de su propia decisión. En otras palabras, libertad implica responsabilidad.

En ese sentido, si algún Estado pretende obligar a vacunar a alguien en contra de su propia voluntad constituye una de las agresiones más intensas que pueden darse en contra de la libertad individual. Distinto sería si existieran evidencias científicas claras, objetivas y contundentes de que las vacunas eviten la trasmisión; y, ante eso, obviamente habría mayores razones suficientes y de peso, que tiendan a ser obligatoria.

Por otro lado, amerita que los gobiernos de los Estados del mundo expliquen y justifiquen a sus naciones, el motivo del porqué los contratos de compra de vacunas son confidenciales, acaso ¿existe algún peligro que amerite esa reserva?; y, ante eso, cuál sería entonces el fundamento de exigir la vacunación mundial cuando su propia adquisición al ser secreta genera sin duda alguna mayor incertidumbre hacia los administrados y peor aún si luego pretenden discriminar a quienes discrepen con dicha inoculación, máxime si dentro de los fines y funciones esenciales del Estado se encuentra constituir una sociedad justa, armoniosa y sin discriminación (arts. 9, 14, 17, 59, 68 y demás de la CPE).

En definitiva, no se debe otorgar al Estado nuevas potestades sobre los cuerpos de las personas bajo el pretexto de crisis sanitaria o pandemias y tampoco coartar sus derechos de acceso a servicios públicos y privados (educación, servicios financieros, etc.).

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