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Susana Seleme Antelo

El proceso del terror


2014-12-15 - 11:43:22
“El proceso jurídico es una necesidad que los Estados imponen para que la gente no aplique justicia por mano propia. En Bolivia, se inventaron el caso terrorismo-separatismo para vulnerar los Derechos Humanos de 39 inocentes” señaló el abogado constitucionalista William Herrera Añez, en la presentación su último libro “El proceso del terror”.

Es un sólido y pormenorizado estudio jurídico sobre el complot político con caratula judicial, para copar la llamada ‘Media Luna’: Pando, Beni, Santa Cruz, Tarija y parte de Chuquisaca que demandaban autonomía desde 2004. El objetivo del régimen de Evo Morales era y es la lucha por el control territorial, político-ideológico, económico, social y étnico en Bolivia. Herrera sostiene que“ La fabricación de este caso ha tenido un alto costo social y político, pues además del fuerte impacto negativo en los imputados inocentes, que están siendo procesados y juzgados por hechos inexistentes, también ha minado la legitimidad, la independencia e imparcialidad del Órgano Judicial en general” y “ha echado por la borda la legalidad penal”.

En ese marco, el planificado caso terrorismo-separatismo terminó, por una parte, con la ejecución extrajudicial del húngaro boliviano Eduardo Rózsa Flores, Arpad Magyarosi, húngaro y Mike Dwyer, irlandés, el 16 de abril de 2009 en un hotel de esta ciudad. Por otra, dio inicio al “proceso de terror” contra 39 inocentes. “No fue un hecho aislado simplemente policial, sino constituye un hecho político que se convierte en delito internacional, cuya responsabilidad penal se puede atribuir al Presidente, Vicepresidente del Estado, Ministros de gobierno y demás funcionarios jerárquicos que estuvieron a cargo del operativo”.

Herrera hace suyo el planteamiento de que el Movimiento al Socialismo es producto de la ampliación de la democracia entre 1982 a 2000 y su apertura política, que permitió al dirigente vitalicio de la Federación de campesinos cocaleros del trópico de Cochabamba, Evo Morales, “saltar a diputado nacional y desde el Parlamento proyectarse a la presidencia de la República”. El autor apunta a que como parlamentario “no se le conoce iniciativa relevante”, por lo demás “comprensible puesto que su plato fuerte no era legislar”, sino “bloquear al país, promover la violencia y minar la estabilidad de los diferentes gobiernos (neoliberales) legalmente constituidos”. Subraya, al mismo tiempo, que Morales es consecuencia de la crisis del proceso democrático con el agotamiento de los partidos políticos, llamados tradicionales.

No obstante, el llamado “proceso de cambio” instaurado con Morales no ha modificado la centenaria organización “colonial, centralista y presidencialista del Órgano Ejecutivo, donde su figura encarna el poder total; es decir, no existe el imperio de la Constitución, ni del Estado Constitucional de Derecho… sino la voluntad del gobernante de turno”. La que Morales ha expresado a carta cabal con su célebre frase: “yo le meto nomás aunque sea ilegal y después que vengan y arreglen los abogados”, sostiene el autor.

Que en el MAS prefieran utilizar el término “proceso de cambio” en vez de “revolución”, según Herrera, no hace al meollo del objetivo: “la búsqueda del poder absoluto, y para avanzar y alcanzarlo deberá destruir los principios y valores eminentemente liberales y sobre todo sus instituciones”. Es decir, desmontar el sistema liberal, sobre todo el liberalismo político, siguiendo a sus mentores caribeños, enfatiza el autor.

Y en ese orden, apenas asumida la presidencia de la entonces República, Morales empezó a des-calificar a los cruceños que demandaban autonomía, como “separatistas, golpistas y subversivos”, pues eran la expresión de la oposición política orgánica a su gobierno. Así fue abonando el terreno para la derrota de la oposición en toda la Media Luna, cuya violenta antesala fue la derrota político-militar del eslabón más débil: el departamento de Pando, aislado al norte del país, con escasa población y la detención arbitraria de su máxima autoridad, entonces el Prefecto Leopoldo Fernández, en septiembre de 2008, hasta hoy presoy sin juicio.

“La verdad se impondrá”

El libro “El proceso del terror” lleva el subtítulo que encabeza este acápite : “La verdad se impondrá” y sobre esa premisa, el autor hace un pormenorizado análisis del concepto de terrorismo, y señala que es un termino ‘plurisignificante’. Sí abarca figuras como el peligro colectivo y actuación política basada en violencia sistemática contra personas y bienes, mediante la intimidación grave para desestabilizar estructura políticas, constitucionales, económicaso sociales, que dejan secuelas de muerte y destrucción.

En el tipificado por el régimen boliviano caso “terrorismo-separatismo”, están ausentes esas figuras, pues el único daño físico a personas fue ejecutado por un comando de elite de la policía boliviana, bajo órdenes de las más altas autoridades del país. Hecho por demás comprobado no solo por declaraciones de los inocentes imputados, sino por las de ex funcionarios de régimen, muy cercanos al poder político, hoy detenidos por el delito de extorsión a los damnificados.

En ese sentido, Herrera sostiene que el caso de marras, carece de “hecho punible ... no hay contenido penal,que en la doctrina se denomina ‘tipicidad’”. Es decir,“el elemento constitutivo del delito” de terrorismo está ausente: ni los ajusticiados en el hotel las Américas pusieron la bomba en casa del Cardenal Julio Terrazas, el 15 de abril de 2009 y tampoco alguno de los 39 imputados. Esa bomba, puesta por agentes del régimen, es lo que da título al proceso, para lo cual “se hizo un simulacro previo en La Paz; existen videos que muestran una maqueta en tamaño natural del lugar a asaltarla madrugada del fatídico 16 de abril”. Herrera Añez recuerda que todo estaba fríamente calculado, pues la denuncia del hecho, ya conocida, está fechada el 30 de mayo de 2009, es decir, 16 días antes.

“Pese a toda la planificación, realizaron la operación sin orden judicial ni presencia del fiscal Marcelo Sosa, con lo cual todos los elementos de convicción recolectados, al estar contaminados, constituyen prueba ilícita que deberá ser expulsada del proceso en cuanto se tenga un tribunal independiente e imparcial” que es lo que demandan los imputados, los familiares y abogados. Aquí no hubo delito por parte de los imputados, y sin delito no debiera haber ‘caso’ pues “el hecho no existió”, afirma el autor.

Siguiendo la jurisprudencia internacional, ninguno de ellos cometió actos de peligro colectivo, ni formaron parte de una organización armada, ni mataron a nadie. Más bien son víctimas de violación a sus Derechos Humanos,pues no se cumplió con el debido proceso, el juez natural local, no se respetó la presunción de inocencia, ni tienen hasta hoy, a más de 5 años y medio de los hechos, derecho a un juicio justo, “oportuno, transparente y sin dilaciones”, sostiene el autor.El “plazo razonable” según el Tribunal Constitucional “tendrá una duración máxima de tres años”, tiempo sobrepasado con creces. Esos delitos, como la ejecución extrajudicial a los tres extranjeros, “no prescriben ni admiten indulto o amnistía, cuya responsabilidad deberá sustentarse en la autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados, al estilo de lo que ocurrió en Perú” en el caso de Alberto Fujimori, apunta el constitucionalista William Herrera. Sobre estas y otras consideraciones expuestas en su libro, concluye que el Tribunal de Sentencia debe dictar absolución de pena y culpa a los 39 acusados por ser inocentes.

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