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2024-04-22


Ministerio de Justicia socializa Ley sobre derechos de los usuarios y consumidores en la Udabol


30/10/2014 - 18:06:37
Viceministro agradeció a las autoridades de la Udabol, por la cooperación recibida, ya que la jornada de socialización se realizó en el Salón Auditorio de esa superior Casa de Estudios.

El Ministerio de Justicia ha iniciado una campaña de socialización de la Ley Nº 453 referida a los derechos de las usuarias y los usuarios y de las consumidoras y consumidores, dirigida a instituciones públicas, privadas y a proveedores, jornada desarrollada en el Salón Auditorio de la Universidad de Aquino Bolivia (UDABOL).

Dante Justiniano, Viceministro de Defensa y Derechos del Usuario y Consumidor, explicó el desarrollo normativo de la Ley Nº 453 y los procedimientos ágiles de solución de reclamaciones de usuarios y consumidores, así como el fortalecimiento institucional para la atención eficiente de las demandas.

Señaló que la ley define claramente que las usuarias y usuarios, consumidoras y consumidores, son las personas naturales o jurídicas que adquieran, utilizan o disfrutan de productos o servicios, como destinatarios finales.

“Los consumidores tienen derecho a recibir productos o servicios en condiciones de inocuidad en resguardo de su salud e integridad física; por lo tanto, los proveedores están obligados a suministrar productos o servicios en condiciones de higiene, calidad y seguridad, siendo responsables en el ámbito penal, civil y administrativo sancionatorio”.

En cuanto al derecho a la información, todo usuario tiene derecho a recibir información fidedigna, adecuada, gratuita y oportuna sobre las características y contenidos de los productos que se consuman y servicios que se utilicen.

El Viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario, dijo que todos tienen derecho a reclamar, cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados. El ejercicio de este derecho podrá realizarse ante los proveedores, quienes deberán atender y resolver el problema. Caso contrario se debe reclamar ante las entidades competentes y éstas deberán garantizar la protección efectiva del derecho a la reclamación individual o colectiva.

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