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Saltan las alarmas en Venezuela porque TSJ permite que Chávez no jure




10/01/2013 - 00:22:49
Las alertas en diversas instituciones han saltado en Venezuela luego de que el Tribunal Supremo de Justicia acept� que Hugo Ch�vez no jure este viernes al cargo de presidente.

El Grupo de Profesores de Derecho P�blico de las Universidades de Venezuela, denunci� la grave inconstitucionalidad que se derivar�a de una eventual ausencia de juramentaci�n del Presidente electo el pr�ximo 10 de enero de 2013 y de la irregular prolongaci�n de las funciones de los integrantes del actual gobierno, sin fundamento jur�dico.

1. En nuestro pa�s el per�odo presidencial es de seis a�os, tal y como dispone el art�culo 230 de la Constituci�n, per�odo que comienza �el d�a 10 de enero del primer a�o�, seg�n establece el art�culo 231 de la misma Constituci�n. Por lo tanto, para el 10 de enero de 2013 ya habr� culminado el per�odo presidencial para el cual el ciudadano Hugo Ch�vez fue electo en 2006 y cuya toma de posesi�n tuvo lugar el 10 de enero de 2007.

2. Para tomar posesi�n del cargo para el nuevo per�odo que se inicia el 10 de enero de 2013, el Presidente electo deber� prestar juramento ante la Asamblea Nacional, como exige dicho art�culo 231 constitucional. El juramento del Presidente electo no es una mera formalidad; por el contrario, es condici�n exigida por la Constituci�n para que el candidato electo pueda tomar posesi�n del cargo. Por ello, la falta de juramento imposibilita al Presidente electo convertirse en Presidente en ejercicio.

3. La reelecci�n presidencial no altera la estricta aplicaci�n de los art�culos 230 y 231 de la Constituci�n, que no establecieron excepci�n alguna en caso de reelecci�n. Por tanto, el Presidente, habiendo sido reelecto, deber� prestar juramento para tomar posesi�n del cargo para el nuevo per�odo, sin que sea admisible considerar la �continuidad� o �extensi�n� del per�odo anterior, supuesto que no permite, de ning�n modo, la Constituci�n ya que los per�odos presidenciales son fijos e improrrogables.

4. La reelecci�n no supone, por tanto, la continuaci�n del per�odo presidencial
anterior, que constitucionalmente es de seis a�os. La reelecci�n simplemente supone que quien finaliza un per�odo presidencial puede, inmediatamente, tomar posesi�n del cargo para el nuevo per�odo, siempre y cuando cumpla con las formalidades impuestas por la Constituci�n, y en concreto, con el juramento, mediante el cual tomar� posesi�n del cargo para el nuevo per�odo.

5. Al no prestar juramento ante la Asamblea Nacional el pr�ximo 10 de enero y
al no tomar posesi�n del cargo para el cual fue electo el ciudadano Hugo Ch�vez Fr�as, debe entenderse �por aplicaci�n anal�gica del art�culo 233- que el Presidente de la Asamblea Nacional � �nica autoridad legitimada constitucional y popularmente para ello- debe asumir temporalmente el cargo de Presidente de la Rep�blica, cumpli�ndose las condiciones previstas para las faltas temporales del Presidente (art�culo 234 constitucional). Esa condici�n podr� mantenerse por un m�ximo de noventa d�as, prorrogables por fecha igual mediante decisi�n de la Asamblea Nacional.

6. Es importante aclarar que al ausentarse el Presidente del pa�s, el pasado mes de diciembre, para atender su tratamiento m�dico, se ocasion� una situaci�n de hecho que gener� una falta temporal, frente a la cual, sin embargo, no se ha procedido conforme a lo estipulado en la Constituci�n. En todo caso, las condiciones que determinaron esa falta temporal del Presidente en ejercicio, cuyo per�odo est� a pocos d�as de vencerse, se mantienen a�n, imposibilitando al Presidente electo para prestar juramento y, mediante esa formalidad esencial, asumir el cargo para el nuevo per�odo. Por ello, ante esa situaci�n no prevista gramaticalmente en la Constituci�n, pero si en su contexto, objeto y fines, debe asumir el cargo interinamente el Presidente de la Asamblea Nacional.

7. El permiso que la Asamblea Nacional otorg� al Presidente Hugo Ch�vez para ausentarse del pa�s, no puede implicar la extensi�n del per�odo presidencial m�s all� del 10 de enero. Ese permiso habilit� al Presidente para ausentarse del pa�s por m�s de cinco d�as (art�culo 235 constitucional), pero sin que ello pueda extender el per�odo del Presidente que, por imperativo constitucional, vencer� el 10 de enero de 2013. Por corresponder al per�odo constitucional en curso ese permiso decaer� tambi�n en esa fecha.

8. Debemos ser muy enf�ticos en esto: la soluci�n constitucional pasa por reconocer una situaci�n de hecho, esto es, la ausencia temporal del Presidente electo, pero en modo alguno permite afirmar el decaimiento de tal condici�n ante la falta de juramentaci�n, pues ello solamente es posible ante alguna de las expresas y taxativas causas de ausencia absoluta que la Constituci�n dispone. Pese a no juramentarse, el ciudadano Hugo Ch�vez mantiene, sin dudas, su condici�n de Presidente electo.

9. Sin embargo, a�n sin la juramentaci�n del Presidente electo �y lo que es m�s grave sin que se conozca cu�l es la voluntad expresa del ciudadano Hugo Ch�vez Fr�as- funcionarios del Gobierno correspondiente al per�odo presidencial que est� por culminar el 10 de enero pretenden mantenerse en ejercicio de sus cargos, incluido el Vicepresidente de la Rep�blica, ciudadano Nicol�s Maduro, sin fundamento jur�dico alguno v�lido. A tal fin se ha pretendido explicar que hay una continuaci�n del per�odo y que, por lo tanto, el ciudadano Hugo Ch�vez Fr�as mantiene su condici�n de Presidente, hasta que pueda tomar posesi�n del cargo mediante juramento.

10. El ejercicio temporal de la Presidencia por el Presidente de la Asamblea Nacional, es por tanto una soluci�n apegada a la Constituci�n que respeta la voluntad popular expresada el pasado 7 de octubre. Adem�s, ese ejercicio asegura el normal funcionamiento de las instituciones del Gobierno Nacional y la constitucional continuidad de la Presidencia. Por el contrario, una soluci�n distinta resulta contraria a la Constituci�n, al extenderse un per�odo presidencial ya vencido, que adem�s, genera una innecesaria incertidumbre que afecta la seguridad jur�dica y la estabilidad del r�gimen constitucional.

NO HAY CALMA

Al referirse a la decisi�n del Tribunal Supremo de Justicia, Henrique Capriles dijo que �el contenido de la sentencia del Tribunal no despeja la incertidumbre en Venezuela�.

�La Constituci�n es de todos los venezolanos. Que no nos hablen de golpistas que ya sabemos en d�nde est�n. Nuestra lucha es por cumplir la Constituci�n y no por cambiar el gobierno�, exclamo el dirigente pol�tico.

Agreg� que �el sistema judicial no funciona. Es lamentable, las instancias no deben responder a los intereses de un partido.�

Capriles reclam� al gobierno que seg�n �l, �est� parado�. �Se acabaron las excusas�, les dijo a los miembros de la Asamblea y del gobierno.

HACER CUMPLIR LA CONSTITUCI�N

Similar pronunciamiento lanzaron diversos sectores sociales en Venezuela que reclaman se haga cumplir la constituci�n.

1. Desde hace catorce a�os Venezuela ha sido v�ctima de una invasi�n por parte del r�gimen castro-comunista cubano. Esta invasi�n se ha efectuado debido a que fue propiciada y amparada desde el m�s alto gobierno.

2. De manera lenta y progresiva, los cubanos han tomado control de nuestras notar�as, los registros, el sistema de identificaci�n y extranjer�a, la pol�tica exterior, y sectores importantes de la econom�a nacional. El control de los cubanos ha llegado incluso a los cuerpos policiales y a las Fuerzas Armadas, en detrimento de la seguridad y defensa del Estado.

3. Las consecuencias de la dominaci�n castro-comunista se evidencian en todos los �mbitos del quehacer nacional. Esto ha significado, entre otros muchos males, la destrucci�n de nuestra industria petrolera; el desmantelamiento del aparato productivo, tanto en el campo como en la industria; la progresiva eliminaci�n de las libertades civiles y econ�micas; y el avance del narcotr�fico, la guerrilla y el crimen organizado.

4. Para garantizar su control sobre Venezuela, el castro-comunismo ha dise�ado un sistema electoral a su medida, que le permite tergiversar la voluntad de los electores, mediante el ventajismo, el abuso, la coacci�n, la compra de conciencias, y un sinn�mero de vicios e irregularidades.

5. Los recursos del Estado venezolano ya no se invierten en resolver los m�ltiples problemas que afectan a nuestro pueblo, sino que se utilizan abiertamente para financiar la expansi�n del castro-comunismo en toda la regi�n. Es por ello que una parte de la comunidad internacional, sobornada con petrod�lares venezolanos, avala y legitima la invasi�n cubana en Venezuela.

6. Es p�blico y notorio que el destino de los venezolanos ya no lo deciden nuestras propias autoridades, sino que se define descaradamente en La Habana, con la participaci�n abierta de los hermanos Castro.

7. Preocupados por la desaparici�n f�sica del presidente Ch�vez, el r�gimen cubano ha dise�ado un mecanismo para perpetuar su control sobre Venezuela. La maniobra incluye apuntalar a un sucesor sumiso a sus intereses, Nicol�s Maduro, y propiciar un "pacto" entre los diferentes sectores del PSUV, que garantice la continuidad de la injerencia cubana en nuestra naci�n.

8. Esta maniobra cuenta con el respaldo de varios presidentes latinoamericanos, entre ellos, los de Argentina, Bolivia, Cuba, Ecuador, Nicaragua y Uruguay; la mayor�a de los cuales no solo comparte la misma ideolog�a y las mismas metas pol�ticas, sino que se benefician todos de los aportes econ�micos que les proporciona el gobierno venezolano.

9. Todo lo anterior constituye una clara violaci�n a la Constituci�n y a las leyes; configura un golpe de Estado en favor de una potencia extranjera; y significa, a la larga, la transformaci�n del Estado venezolano en un ap�ndice de Cuba.

10. Pese a que nuestro planteamiento es razonable, democr�tico y constitucional, voceros del gobierno y algunos sectores de la oposici�n lo calificar�n de "golpista". Pero ocurre justamente lo contrario; golpistas son quienes han venido violando la Constituci�n de manera sistem�tica. Restablecer su vigencia es un mandato expl�cito, contemplado en el Art�culo 333 de la Carta Magna.

Durante los pr�ximos d�as se definir� si Venezuela dejar� de existir como naci�n, para convertirse definitivamente en una colonia de Cuba; o si recuperaremos nuestra identidad y nuestro destino hist�rico. Estamos convencidos de que nuestras Fuerzas Armadas, respaldadas por todos los sectores de la sociedad civil, daremos un paso al frente, e impediremos la disoluci�n de la patria.

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