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Aprueban control bancario para evitar la legitimación de ganancias ilícitas




15/06/2011 - 13:38:14

La Paz, (Hoybolivia.com).- El Gobierno aprob� el mi�rcoles una reglamentaci�n especial mediante la cual se ejercer� control en las entidades bancarias para evitar la legitimaci�n de ganancias il�citas.

    Seg�n dicha reglamentaci�nb busca impedir una legitimaci�n de ganancias il�citas en las instituciones financieras, inform� el ministro de Econom�a y Finanzas P�blicas, Luis Arce.

    En una conferencia en uno de los intervalos de la reuni�n del gabinete Ministerial, Arce dijo la reglamentaci�n de un art�culo 185 del C�digo Penal se refiere al r�gimen administrativo que evite la legitimaci�n de ganancias il�citas con sus respectivas sanciones.

    Se�al� que esa reglamentaci�n est� sujeta a las Leyes en vigencia como son la Ley de Lucha contra la Corrupci�n y el C�digo Penal.

    Agreg� que la Ley Penal establece la reglamentaci�n administrativa para quienes est�n involucrados y que no est�n sancionados o definidos como delito penal.

SANCIONES A ENTIDADES FINANCIERAS
   De esa manera se estableci� en la reglamentaci�n los alcances art�culo noveno de infracciones por las cuales las instituciones financieras y las que administran t�tulos y valores y las aseguradoras est�n pasibles de sanciones administrativas.

   Dijo que se insta a las instituciones financieras a designar un funcionario responsable encargado de la coordinaci�n entre la entidad y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) para realizar el seguimiento correspondiente.

    De esa manera se verificar� por medios fehacientes "respecto al cliente registrado, su identidad y personer�a jur�dica, domicilio del representante legal, ocupaci�n, actividad u objetivo social seg�n se trate de una persona natural o jur�dica con sus niveles de ingreso y otras documentaciones requeridas por la UIF".

    Adem�s deber�n elaborar el manual de prevenci�n que evite una legitimaci�n de ganancias il�citas bas�ndose en pol�ticas internas con la exigencia de requisitos m�nimos de la UIF.

    Igualmente se establece la necesidad de reportar a la UIF transacciones consideradas sospechosas.

    La reglamentaci�n obliga a las instituciones financieras a obtener informaci�n del cliente sobre el destino y origen de los fondos y el objetivo de la operaci�n y la identidad del beneficiario en casos sospechosos.

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