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Comunicado sobre el tema del SOAT

26/11/2014 - 12:54:27
A continuaci�n el comunicado de la Autoridad de Fiscalizaci�n y Control de Pensiones y Seguros a la opini�n p�blica.

1. La Autoridad de Fiscalizaci�n y Control de Pensiones y Seguros - APS ha emitido la Resoluci�n Administrativa N� 908/2014 de fecha 24 de noviembre de 2014, notificada el martes 25 del presente a las empresa interesadas, publicada tambi�n en la P�gina WEB de la APS. En su parte resolutiva establece:

PRIMERO.- Seguros Illimani S.A. no cumple con los requisitos establecidos en los Items iii) y xiv) punto 1, del art�culo 4 de la Resoluci�n Administrativa APS/DS/DJ/N�848-2014 de 30 de octubre de 2014, por lo que se encuentra imposibilitada de comercializar el SOAT de la gesti�n 2015.

SEGUNDO.- Conforme a la presente Resoluci�n, la evaluaci�n del cumplimiento de Seguros y Reaseguros Credinform Internacional S.A. a los �tems i), ii), iii) y xi), punto 1 del art�culo 4 de la Resoluci�n Administrativa APS/DS/DJ/N�848/2014 de 30 de octubre de 2014, queda sujeta a la validaci�n de la razonabilidad de sus Estados Financieros al 30 de septiembre de 2014.

TERCERO.- Con car�cter previo a la complementaci�n de la evaluaci�n de su adhesi�n a la comercializaci�n del SOAT para la gesti�n 2015, se dispone la inspecci�n "in situ" a Seguros y Reaseguros Credinform Internacional S.A. para determinar la razonabilidad de los Estados Financieros al 30 de septiembre 2014.

2. La APS aclara que en ning�n momento el Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros - VPSF emiti� �rdenes a la APS relativas a la existencia o inexistencia de monopolio del SOAT, mas por el contrario ha trasmitido a la APS la solicitud de evaluar la factibilidad de atender la demanda de la organizaci�n gremial del autotransporte, en el marco de las disposiciones legales y regulatorias correspondientes; tal y como se expresa en el pen�ltimo Considerando de la Resoluci�n Administrativa N�848/2014 y la carta MEFP/VPSF/DGSF/N� 515/2014 del Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros - VPSF.

3. La APS deja claramente establecido que la adjudicaci�n del SOAT ha sido el resultado de una competencia de compa��as aseguradoras interesadas, transparente y p�blica. Reitera conforme lo establece el pen�ltimo Considerando de la Resoluci�n Administrativa N� 774/2014: "Que la adjudicaci�n a una sola compa��a aseguradora no es un hecho nuevo, toda vez que la gesti�n 2008 fue adjudicada a la aseguradora Seguros y Reaseguros Credinform International S.A. como �nica Entidad Aseguradora autorizada para la comercializaci�n del SOAT 2009". Recordando que la Constituci�n Pol�tica del Estado vigente en esa gesti�n, tambi�n prohib�a los monopolios.

Finalmente cabe informar que, la APS es una Instituci�n de car�cter t�cnico, cuyo objetivo es cumplir y hacer cumplir la Ley y que no puede efectuar concesiones, adjudicaciones y/o ceder a presiones mientras no se encuentren enmarcadas estrictamente en el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Asimismo, la �nica instancia para dirimir un conflicto constitucional es la autoridad llamada por Ley.

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